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Mesa redonda de clausura del curso "Violencia digital contra las mujeres"

El sistema judicial apunta a que la violencia digital convierte la agresión contra las mujeres en un fenómeno omnipresente, sin límites espaciotemporales

Texto: Jaime Fernández, Fotografía: Aída Cordero - 17 jul 2026 13:03 CET

Internet ha servido para empoderar a las mujeres y como herramienta para el ejercicio de los derechos fundamentales, pero el hecho de que una parte muy importante de nuestra vida transcurra online, también lo ha convertido en un nuevo escenario para todo de delitos, y eso es “un desafío para el sistema judicial”. Así de evidente lo encuentra María Eugenia Prendes Menéndez, fiscal de la Sala Delegada contra la Violencia sobre la Mujer, quien ha participado en la mesa redonda final del curso de verano de la UCM “Violencia digital contra las mujeres”. Han coincidido además con esa opinión sus dos acompañantes en la sesión, Eva Gutiérrez Carrera, comisaria jefa de la Brigada Central de la UFAM (Unidad de Atención a la Familia y a la Mujer de la Policía Nacional), y Julián García Marcos, magistrado de la sección primera de la Audiencia Provincial de Gipuzkoa.

 

Tanto María Eugenia Prendes como Eva Gutiérrez han recordado que mientras que la violencia física tiene un marco cronológico con inicio y final, en la digital no hay límites territoriales ni temporales, lo que complica mucho la resolución de los casos. La responsable de la Policía Nacional ha ido incluso más allá y ha reconocido que es imposible asegurarle a la víctima el borrado completo de los textos o fotografías con los que ha sufrido la violencia digital porque siempre puede haber algún usuario que haya hecho una copia y la vuelva a distribuir. Lo que lleva a que las víctimas sientan que “no pueden recuperar el control sobre su vida, lo que es fuente permanente de angustia y estrés”.

 

Todos los participantes en la mesa han recomendado que se denuncie y, sobre todo, que no se borren las pruebas, que es algo que se suele hacer como primer impulso por la sensación de “frustración, angustia, vergüenza o culpa”. Para intentar evitar esa primera reacción, la Policía Nacional realiza cursos entre jóvenes y adolescentes, en centros educativos, para explicar la importancia de la existencia de evidencias que permitan reconstruir el puzle para identificar y condenar al agresor.

 

En esa reconstrucción del caso, Eva Gutiérrez ha informado de que se une un problema de jurisdicciones, ya que “la VPN puede estar en Singapur, la plataforma en Irlanda y el servidor en Estados Unidos”. De acuerdo con Prendes, lo ideal sería tener una legislación común, incluso en el ámbito internacional, así como aumentar la formación y la especialización de los cuerpos de seguridad y de los operadores judiciales.

 

La fiscal ha añadido que, en la violencia digital, el agresor prolonga indefinidamente el estado de agresión, haciendo que la víctima no se encuentre segura en ninguna parte, ni siquiera en su propio hogar, con lo que produce un “efecto de omnipresencia en la agresión, que afecta a la salud física y mental de la víctima”. Más, teniendo en cuenta, que el agresor tiene una falsa sensación de anonimato, “lo que favorece que despliegue conductas cada vez más agresivas y que tenga una mayor desinhibición criminal”.

 

El magistrado Julián García Marcos ha apuntado que incluso aunque se haya hecho una investigación perfecta es posible que no haya una ley que tipifique el delito y, de hecho, en la actualidad sólo hay dos sentencias del Tribunal Supremo que nombren de manera explícita la violencia digital.

 

Eso sí, aunque no se cite exactamente, el conferenciante considera que hay un buen número de sentencias del Tribunal Supremo que sí se refieren a ese tipo de violencia a través de las diferentes conductas que pueden constituir esa violencia digital, en casos como el stalking o acoso, el revenge porn o difusión no consentida de imágenes de contenido sexual, la sextorsión, el grooming o delito de libertad sexual con menores, el embaucamiento para conseguir material pornográfico del menor, amenazas online, ultrafalsificaciones de imágenes, el hacking o la geolocalización, que todavía no está tipificada como delito en nuestro país.